Beneficios
Beneficios pensados en el bienestar de cada uno de ustedes
¡Conócelos!
Bono de Mercado
Todos nuestros colaboradores tienen como beneficio un bono de mercado por valor de $30.000 mil pesos por compras iguales o superiores a $100.000 mil pesos en nuestras tiendas Isimo.
*Aplica para un (1) único descuento mensual de treinta mil ($30.000) pesos M/CTE.
Medio día Cumpleaños
Cuentas con medio día de permiso por celebración de tu cumpleaños, el cual podrás disfrutar el mismo día o hasta un mes posterior a la fecha de cumpleaños.
Este beneficio será acordado entre jefe inmediato y colaborador bajo la premisa de no impactar el área o el servicio prestado.
*Aplica para todos
Día de la familia
Cuentas con un (1) día de permiso remunerado de manera semestral, para disfrutar con tu familia. Este beneficio será acordado entre jefe inmediato y colaborador bajo la premisa de no impactar el área o el servicio prestado.
*Aplica para todos.
Un (1) día por tu graduación
Podrás tomar un (1) día de permiso remunerado para la celebración del logro obtenido. Este beneficio será acordado entre jefe inmediato y colaborador bajo la premisa de no impactar el área o el servicio prestado.
*Aplica para todos
Licencia de Paternidad
Todo colaborador tendrá de derecho a dos (2) semanas de licencia remunerada de paternidad por los hijos nacidos del cónyuge o de la compañera permanente, así como para el padre adoptante, otorgados por la Entidad Promotora de Salud (EPS) en la que el trabajador se encuentre afiliado.
Licencia por Maternidad
Toda colaboradora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia remunerada de dieciocho (18) semanas, con una retribución equivalente al salario que devengue al inicio del disfrute, al que la colaboradora se encuentre afiliada. Cuando se trate de parto múltiple la licencia se ampliará en dos (2) semanas.
Permiso Hora de Lactancia
Toda colaboradora que haya tenido un parto tiene derecho a dos (2) descansos de treinta (30) minutos cada uno, dentro
de la jornada, para amamantar a su hijo, durante los primeros seis (6) meses de edad del hijo.
Licencia por adopción
Toda colaboradora que sea madre adoptante tiene derecho a una licencia remunerada de dieciocho (18) semanas en la época de la entrega oficial del menor que sea adoptado (Art. 236 C.S.T.).
Licencia de Luto
El colaborador en caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, tiene derecho a una licencia remunerada de cinco (5) días hábiles.
Permiso compensado por jurado de votación
El colaborador que preste su servicio como jurado de votación, tendrá derecho a un día compensatorio de descanso remunerado dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la votación.
Permiso compensado por votación
El colaborador que haya ejercido su derecho a sufragio, tiene derecho a media jornada de descanso compensatorio remunerado, en el mes siguiente al día de votación, de común acuerdo con la Empresa.
Licencia por calamidad doméstica
En caso de grave calamidad doméstica debidamente comprobada, la empresa podrá otorgar al trabajador permiso remunerado, prorrogables conforme a visto bueno del líder de área de primer nivel de la organización.
Son ejemplos de circunstancias de grave calamidad doméstica una grave enfermedad comprobada por hospitalización de miembros de la familia que dependan económicamente del trabajador, incendio, robo o inundación de la vivienda, temblores o desplazamiento forzado, y en general circunstancias que obedezcan a la necesidad del trabajador de atender prioritariamente asuntos que afecten en forma seria y grave a su familia o vivienda.